Aprende cómo calcular el IVA en Panamá, conoce qué impuestos están exentos y descubre los tipos de impuestos reducidos en el país.
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¿Qué es el IVA?
El IVA es un impuesto indirecto que grava el valor agregado que se le va dando a un producto o servicio en cada fase de producción o comercialización, hasta llegar al consumidor final. El IVA se aplica sobre el precio neto (sin impuestos) de los bienes y servicios.
¿Cómo se calcula el IVA?
Para calcular el IVA se debe aplicar la tasa o alícuota correspondiente al tipo de bien o servicio. Hay tres tasas de IVA en Panamá:
- IVA general: 7%. Se aplica a la mayoría de los bienes y servicios.
- IVA aumentado: 10% o 15%. Se aplica a ciertos bienes y servicios considerados suntuarios o no esenciales, como bebidas alcohólicas, tabaco, joyas, armas, juegos de azar, entre otros.
- IVA referencial: 0%. Se aplica a ciertos bienes y servicios considerados básicos o exentos, como alimentos, medicinas, educación, salud, transporte público, entre otros.
Para obtener el precio final con IVA se debe multiplicar el precio neto por la tasa más uno. Por ejemplo, si un producto tiene un precio neto de 100 balboas y se le aplica un IVA del 7%, el precio final con IVA será:
100 x (1 + 0,07) = 107 balboas
Para obtener el precio neto sin IVA se debe dividir el precio final por la tasa más uno. Por ejemplo, si un producto tiene un precio final de 107 balboas y se le aplicó un IVA del 7%, el precio neto sin IVA será:
107 / (1 + 0,07) = 100 balboas
¿Qué impuestos están exentos de IVA?
Hay algunas actividades que están exentas de IVA por ley. Algunas de ellas son:
- Venta de productos alimenticios básicos como arroz, frijoles, lentejas, harina, azúcar, sal, leche, huevos, carne, pollo, pescado y otros.
- Venta de productos medicinales y farmacéuticos como medicamentos con receta médica, vacunas e insumos hospitalarios.
- Venta de productos educativos como libros, textos, útiles escolares y uniformes.
- Venta de productos culturales como periódicos, revistas, obras de arte originales y entradas a espectáculos públicos.
- Prestación de servicios de salud como consultas médicas, odontológicas, psicológicas, exámenes de laboratorio y hospitalización.
- Prestación de servicios educativos como matrículas, mensualidades y cursos impartidos por instituciones públicas o privadas autorizadas.
- Prestación de servicios públicos como agua potable, electricidad, gas, recolección de basura y alcantarillado.
- Prestación de servicios de transporte público como buses, taxis, metro y trenes.
Estas actividades no deben incluir el IVA en sus facturas ni declararlo ante la DGI.
¿Qué impuestos son reducidos?
Hay algunas actividades que tienen una tasa de IVA reducida por ley. Algunas de ellas son:
- Venta de productos agropecuarios, pesqueros y acuícolas que no hayan sido procesados industrialmente.
- Venta de productos electrónicos como computadoras, tabletas, celulares y otros dispositivos similares.
- Venta de productos ecológicos como paneles solares, calentadores solares y otros equipos que aprovechen las energías renovables.
- Prestación de servicios turísticos como alojamiento en hoteles, hostales y otros establecimientos similares.
- Prestación de servicios financieros como intereses, comisiones y otros cargos por operaciones bancarias o bursátiles.
- Prestación de servicios profesionales como abogados, contadores, ingenieros, arquitectos y otros que requieran colegiación o certificación.
Estas actividades deben incluir el IVA reducido en sus facturas y declararlo ante la DGI.
¿Cómo se declara y se paga el IVA?
Los Responsables Inscriptos en el IVA deben presentar una declaración jurada mensual ante la DGI, donde informan el IVA generado por sus ventas (débito fiscal) y el IVA pagado por sus compras (crédito fiscal). La diferencia entre ambos es el saldo a pagar o a favor del contribuyente.
La declaración jurada se presenta mediante el servicio web e-Tax 2.0 de la DGI, utilizando el formulario F-22. El vencimiento para presentar y pagar el IVA es entre los días 10 y 15 del mes siguiente al período fiscal declarado, según la terminación del RUC del contribuyente.
El pago se puede realizar mediante transferencia electrónica de fondos, débito automático, volante electrónico de pago (VEP) o en efectivo en entidades bancarias habilitadas.
Desde el 2018 Europa ya no lo tiene en la lista negra como un paraísos fiscal, ya que este país a cambiado su régimen tributario en los tramites, legislación fiscal, así como en las cuentas bancarias y que operan desde este lugar. Todo a raíz de la liberación de (
Panama Papers) con sociedades offshore donde muchos famosos del mundo tenían cuantas oculta a la hacienda publica de sus países de origen.
Nota: Recuerda asegurarte de que los impuestos no los han subido o bajado en este país, no podemos garantizar que la información sea la correcta. Hay que recordar que en tienes consultoría de Asesores Financiero que son los que te pueden ayudar en las inversiones y de negocios, para el pago de impuestos con los contadores tributarios y auditores especializados en materia fiscal.